AML

EL BLANQUEO DE CAPITALES Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO PASA POR LA TRANSFORMACIÓN DE RECETAS PROCEDENTES DE ACTIVIDADES ILÍCITAS, EN CAPITALES REUTILIZABLES EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY, OMITIENDO SU ORIGEN Y PROPIEDAD

El proceso de blanqueo engloba tres fases distintas y sucesivas: 
Colocación: los bienes y rentas son colocados en circuitos financieros y no financieros;
Circulación:  los bienes y rentas son objeto de múltiples y repetidas operaciones, con el propósito de distanciar de su origen criminal, borrando (blanqueando) los vestigios de su precedencia y propiedad;
Integración: los bienes y rentas, después de "reciclados", son reintroducidos en los circuitos económicos legítimos (por ejemplo, a través de su uso en la adquisición de bienes y servicios).
La Ley, establece un conjunto de obligaciones preventivas y represivas para las entidades financieras, no financieras y determinados profesionales con vista al control de transacciones y a fin de evitar el blanqueo de capitales o de financiación del terrorismo.
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